Si te han despedido alegando causas disciplinarias, existe un plazo para demandar de 20 días hábiles desde la fecha del despido, y tienes que seguir los siguientes pasos para reclamar:
1.- Redactar y presentar la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu provincia
En la papeleta tienes que hacer constar tus datos, la fecha de antigüedad en la empresa, salario bruto con pagas prorrateadas, categoría profesional y los datos de la empresa, la fecha y el motivo de despido, e indicar los motivos por los que no estas de acuerdo con el despido o con la indemnización que te ofrecen.
2.- Acudir al acto de conciliación
Cuando presentes la papeleta, te van a citar al acto de conciliación, y también requerirán a la empresa para que acuda. Puedes asistir solo o acompañado de un abogado.
En este acto debes ratificarte en la papeleta que presentaste (decir que sigues de acuerdo con ella). La empresa tiene que ofrecer un acuerdo o negar lo que tú dices aportando motivos. La empresa no tiene la obligación de presentarse al acto de conciliación.
En el acto de conciliación en el SMAC pueden ocurrir lo siguientes supuestos:
2.1.- Acuerdo con la empresa en el acto de conciliación
Si se llega a un acuerdo con la empresa en el acto de conciliación se levanta acta y se resuelve la reclamación.
2.2.- Sin acuerdo con la empresa en el acto de conciliación
Si no hay acuerdo, porque la empresa no ha accedido a negociar o porque no estás conforme con lo que la empresa ofrece en este acto, entonces, tendrás que presentar una demanda en el juzgado de lo social.
2.3.- Sin efecto
Si la empresa o el empresario no acuden a la conciliación, el resultado es intentada sin efecto.
3.- Presentar demanda en los juzgados de lo social
Para presentar la demanda, es obligatorio haber presentado antes la papeleta de conciliación.
La demanda puede ser parecida a la papeleta de conciliación, con tus datos, los de la empresa, indica todas las causas por las que muestras tu disconformidad ante el despido, pero sin aportar pruebas. Tienes que adjuntar la carta de despido y el acta de conciliación laboral. También se puede solicitar al juzgado que requiera a la empresa para que aporte determinados documentos y además, podemos solicitar al juzgado que citen para el día del juicio a los testigos que consideremos.
4.- Acudir al juicio
Puedes acudir solo al juicio, pero no te lo recomendamos, es un proceso complejo y técnico en el que la asistencia de un abogado laboralista te será de gran ayuda.
El día del juicio puede ocurrir lo siguiente:
3.1.- Acuerdo con la empresa
En cualquier momento antes del día del juicio es posible alcanzar un acuerdo con la empresa. Este acuerdo se realizaría ante la letrada de la administración de justicia y tiene la misma fuerza vinculante para las partes que una sentencia.
De hecho, cinco minutos antes de la vista, se produce un intento de conciliación ante la letrada de la administración en la que, dependiendo del funcionario de la administración, se produce una negociación entre las partes o simplemente se recoge si existe o no acuerdo.
3.2.- Celebración del juicio
Si no hay acuerdo y se celebra el juicio, una vez finalizado hay que quedar a la espera de recibir la sentencia que suele dictarse en el plazo de una semana desde la celebración de la vista.
Como te indicábamos antes, aunque se trata de un proceso que puedes hacer sólo, es complejo y técnico, te recomendamos la ayuda de un abogado laboralista. En esta página puedes ver en detalle nuestros servicios y honorarios.
Si lo prefieres puedes contactarnos, te asesoramos gratuitamente.