Cómo interpretar la nómina

A la hora de calcular la indemnización por despido es importante tener la nómina a mano porque los datos necesarios para el cálculo los encontrarás ahí, y son:

  • Fecha antigüedad en la empresa
  • Salario bruto (diario, mensual o anual): ver pagos salariales

La nómina, es como una factura, es un documento de carácter obligatorio que expide la empresa a cada trabajador para reflejar los conceptos por los cuales le paga.

Los apartados mínimos que debe tener una nómina son:

      • Datos identificativos – Encabezado: Datos que identifican a la empresa y al trabajador.
      • Devengos – Conceptos de nómina: Relación de los conceptos por los cuales tu empresa te paga.
      • Deducciones: Las deducciones de Seguridad Social y IRPF.

 

Datos identificativos

En este apartado figuran todos los datos que permiten identificar tanto al trabajador como a la empresa.

      • Quien paga:  es decir la empresa, su CIF y su código de cotización a la Seguridad Social.
      • A quien paga: Datos personales del trabajador, DNI, número de la Seguridad Social, categoría profesional, grupo de la base de cotización, antigüedad en la empresa…
      • Y el periodo por el que se recibe este pago.

Es importante que aparezca el periodo de liquidación en este apartado, así como otros datos relevantes para la empresa o el trabajador.

Para el cálculo de la indemnización es importante la fecha de antigüedad.

Los devengos – Los conceptos por los que te pagan:

Debemos diferenciar entre:

  • Pagos salariales: Se trata de las cantidades entregadas como retribución a tu trabajo. Es tu salario bruto.
    • Salario base: es la remuneración total por el trabajo realizado, el cual no puede ser inferior al importe que marque el contrato.
    • Complementos salariales: Pueden ser de diferentes tipos: personal, un complemento por antigüedad, responsabilidad o formación; tipo de puesto, es decir, nocturnidad o peligrosidad; productividad, las cuales van en función de la cantidad o calidad del trabajo realizado; horas extraordinarias; gratificaciones extraordinarias, que vendrían a ser las dos pagas extras a las que tienes derecho, y si son prorrateadas deberá aparecer aquí.
    • Complementos Pagos en especie: Son pagos no directos en salario como el coche de empresa, seguros de vida y que tributan como pago en especie.
  • Pagos no Salariales: Algunos empleados pueden recibir por parte de la empresa bienes o servicios en concepto de pago (gastos de locomoción, dietas, indemnizaciones por traslado o los gastos adelantados por el empleado como gastos de viaje). Estos pagos no salariales no tributan como salario, ni tienen deducción de IRPF ni tampoco cotizan a la Seguridad Social.

Las deducciones – Impuestos

Corresponden a los conceptos que se restan de tu salario bruto.

      • Una parte del sueldo va destinado a pagar la Seguridad Social y cubrir así una baja eventual por incapacidad, la futura pensión o el seguro de desempleo. Es un porcentaje sobre la base de la Seguridad Social.
      • Importe sobre la renta de las personas físicas (IRPF): Se paga un porcentaje del salario devengado (Base IRPF) que depende de tu salario bruto anual y de tu condición familiar y personal (hijos a cargo, estado civil, grado de incapacidad, …).
      • Anticipos de nómina recibidos por parte del trabajador.
      • Pagos de cuotas sindicales, si las hubiera.

Bases de cotización

Las deducciones de la nómina se calculan sobre las bases de cotización que normalmente aparecen al final de la nómina.

      • Base Seguridad Social y base de Accidentes de Trabajo y Desempleo: Son tramos salariales definidos por el gobierno en el cual se sitúa tu salario más la prorrata de pagas extras, es por ello que posiblemente no coincida el salario con la base de cotización, en este caso el salario más la prorrata es 1.699,58€ (1.487,04€ + 212,54€). Recuerda que hay conceptos que no forman parte de las bases como (dietas, alojamientos, gastos de estudios, horas extras pagadas como días libres, …).
      • Base IRPF: Se trata de la remuneración mensual bruta, NO incluyendo la prorrata de paga extra. Sobre esta base se calculará el IRPF a deducir.

Parte Proporcional de Paga extra – Prorrata Paga extra

Si cobras pagas extras, cada mes se reserva una parte para pagar la paga. Si tu salario son 14.000€ al año y cobras en 14 pagas, tu salario mensual será de 1.000€ y cada mes se prorrateará 166,6€ en concepto de la paga extra que recibirás cuanto esté establecido (Julio y Diciembre por ejemplo).

Si no hay pagas extras entonces no se prorratean las pagas, significa que no se pagan en esos dos momentos, sino que se calcula su equivalente y se pagan todos los meses del año poco a poco.

Líquido a percibir

Es el resultado del Total Devengado menos Total a Deducir.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento contacta con nosotros, te llamamos y asesoramos gratis.

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